Todas las preguntas
Cambios de mod recientes
Como se mencionó en la Sección I, el 30 de diciembre de 2020 se modificaron los instrumentos de defensa comercial para adecuar la legislación nacional a las últimas novedades en materia de comercio internacional en el marco de los procedimientos aplicables, el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones y, en particular, la usar. a través de aplicaciones web o mecanismos para procedimientos electrónicos como los previstos en el Acuerdo Antidumping de la OMC.
Uno de los principales cambios introducidos en el Decreto 1794 de 2020 es que cualquier empresa puede solicitar la aplicación de una medida de dumping a través de la plataforma virtual del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sin necesidad de presentar físicamente los documentos ante la autoridad.
La nueva regulación requiere que las empresas que buscan la imposición de un derecho antidumping proporcionen al menos el 5 por ciento de sus ventas totales a Colombia con facturas al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para demostrar el valor normal del derecho antidumping. Antes de este cambio, no había un monto mínimo de ventas que debía proporcionarse a la autoridad. El cambio significa que los importadores y exportadores investigados ahora tienen una defensa viable, ya que pueden probar la existencia del valor normal mediante documentación que verifique las ventas internas en el país de investigación (como facturas).
Además, el nuevo reglamento acorta la duración de la investigación en aproximadamente tres meses (anteriormente, la investigación podía durar más de un año). El nuevo cronograma ayudará a todas las partes involucradas a tener una comprensión más clara de la investigación y llegar a una conclusión en menos tiempo.
Finalmente, como se mencionó en la Sección I, un cambio significativo introducido por la nueva regulación es la obligación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de monitorear constantemente los flujos comerciales hacia Colombia para evaluar la viabilidad y conveniencia de iniciar investigaciones antidumping. fuera de la oficina. Según lo definido en el reglamento. «En circunstancias especiales, el órgano de investigación puede realizar una investigación fuera de la oficina cuando existan pruebas suficientes para establecer la existencia de daño sustancial, amenaza o retraso causado por las importaciones objeto de dumping.»5:00
Importantes novedades jurídicas y prácticas
Además de las herramientas de defensa comercial analizadas en la Sección IV, las industrias nacionales han solicitado a la Administración Tributaria y Aduanera verificar el origen y el valor en aduana de las mercancías importadas a Colombia.
A través del mercado cambiario deberán realizarse las siguientes operaciones: importación y exportación de bienes. deuda externa; la inversión extranjera directa; y la inversión de capital de Colombia en el exterior. El proceso implica utilizar un banco financiero o comercial colombiano o una cuenta bancaria en el exterior registrada en el Banco Central de Colombia, dependiendo de la operación a realizar. En este sentido, se ha convertido en un problema práctico al que ahora deben enfrentarse los importadores al aplicar medidas de salvaguardia en las investigaciones, como el valor en aduana y el valor de pago en el extranjero, no sólo en el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, sino también en el pasado. departamento de impuestos y aduanas.
Disputas comerciales
La decisión del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que prevé medidas comerciales adversas, no puede apelarse. Además, en la república no existen tribunales especializados en litigios aduaneros. Sin embargo, cualquier interesado que considere que la acción administrativa ha causado un daño económico puede presentar una demanda en los tribunales colombianos para solicitar la nulidad y restablecer sus derechos.
El interesado deberá presentar una reclamación dentro de los cuatro meses siguientes a la notificación de la resolución del Ministerio. La decisión judicial dependerá de lo examinado y probado en el proceso. por lo que no es posible presentar nuevos argumentos o pruebas que no hayan sido analizadas durante la averiguación previa. Dado que en Colombia es posible apelar la primera decisión tomada por un juez, pueden pasar hasta ocho años para tomar una decisión final en un caso judicial.
Además, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo puede revocar la decisión en cualquier momento si se demuestra que es claramente contraria a la Constitución o a la ley. La tasa de éxito de una organización que revierte su propia decisión es baja.
En noviembre de 2019, la Unión Europea solicitó consultas con Colombia ante la OMC sobre derechos antidumping a papa congelada provenientes de Bélgica, Alemania y Países Bajos. Las exportaciones de patatas congeladas a Colombia desde los tres Estados miembros ascendieron a 23 millones de euros en 2016. Los aranceles injustificados impuestos durante dos años en noviembre de 2018 afectan a casi todas las exportaciones congeladas de la UE (85 por ciento o 19,3 millones de euros). papas fritas a Colombia e incurre en un arancel adicional de alrededor del 3 al 8 por ciento. La UE considera que estas medidas son incompatibles con la legislación de la OMC, tanto en sustancia como en procedimiento. Las medidas plantean ciertas preocupaciones, particularmente con respecto al dumping, el daño, la causalidad y los derechos procesales.6:00